Vea el presupuesto de la Gestora Pública cuyo objeto institucional la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, que hasta ahora no ha cumplido
La Paz.- La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que aún no opera en la administración de los fondos de pensiones, tiene un presupuesto de Bs 226.228.038 para esta gestión 2022. Asigna 2,1 millones para aguinaldos, 1,3 millones para pago por antigüedad, 1,3 millones para refrigerios del personal, entre otros ítems.
Del presupuesto total, Bs 42.979. 634 son destinados a servicios personales, es decir, sueldos Bs 24.113.688, aguinaldos 2,1 millones, antigüedad del personal 1,3 millones; además se prevén el bono de frontera, asignaciones familiares, régimen de corto plazo (salud), prima de riesgo profesional, aporte patronal y de vivienda.
Para “servicios no personales” se asigna un presupuesto de Bs 110.815.292, grupo en el que se encuentra, por ejemplo: comunicaciones, energía eléctrica, agua, telefonía, internet, pasajes y viáticos al interior y exterior del país, seguros tiene un monto de Bs 700.000.
El alquiler de inmuebles también tiene asignado un importante monto Bs 2,3 millones, aunque el presupuesto de 2021 fue más de 4 millones, mantenimiento y reparación de inmuebles 1,2 millones; otros gastos de instalación, mantenimiento, reparación 2,4 millones, mientras que para la contratación de consultores en línea 1,1 millones, en publicidad Bs 1,2 millones y otros 94,3 millones.
En el grupo materiales y suministros se encuentra la asignación para refrigerios Bs 1,2 millones, para artes gráficas 2,5 millones, aunque no son montos muy altos, se asigna para confecciones textiles Bs 8.825, prendas de vestir Bs 77.386 aunque en 2021 se contempló un presupuesto de Bs 945.270 y un monto pequeño a zapatos.
La Gestora Pública está en la mira, después que el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) determinó mediante un fallo que Bolivia debe indemnizar a BBVA con 105 millones de dólares por el «retraso injustificado» en el proceso de nacionalización del sistema de pensiones que el Gobierno inició en 2009.
El fallo emitido el 12 de julio dice que Bolivia debe pagar al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) 94,8 millones de dólares a título de “indemnización” 10,21 millones de dólares por los “intereses” generados a partir del 1 de octubre de 2020 hasta el 1 de junio de 2022.
La entidad cuenta con 248 funcionarios, cuenta con un gerente general, seis gerentes nacionales, un subgerente, tres asesores, seis jefes de unidad I y II, 22 especialistas I y II, 1 responsable, 59 profesionales I, II, IV, V, VI, VII, VIII.
Además, cuatro analistas I; secretaria I, 15 analistas II; secretaria II, cinco analistas III, ocho analistas IV, tres analistas V; mensajero; chofer, 16 analistas VI, ocho apoyo I; mensajero II, 14 analistas VII, 17 analistas VIII, 25 analistas IX, 34 analistas X.
Tienen una escala salarial del Ministerio de Economía y Finanzas aprobada mediante resolución ministerial N° 786 del 24/07/2019. El sueldo más alto le corresponde al gerente general Bs 35.000, luego los gerentes nacionales perciben Bs 25, Bs 20.000 el subgerente, el nivel de asesor Bs 18.000.
Un especialista nivel I más de Bs 15.000, el ítem profesional de acuerdo al nivel gana entre Bs 12.000 y 8.000, un analista I tiene un sueldo de Bs 8.100 y uno X gana 3.01; un mensajero I tiene un sueldo de Bs 5.897, al igual que un chofer, mientras que un mensajero II gana Bs 5.325; los analistas VII, VIII, IX y X tienen los sueldos más bajos entre Bs 4.700 y 3.010.
De acuerdo al presupuesto de 2021, la Gestora presupuestó inicialmente 241.358.131, en el reformulado hizo ajustes y terminó con un presupuesto vigente para ese año de 1.163.493.245, una asignación de 913.402.559 en impuestos, regalías y tasas elevó su presupuesto.
Es destacable que la Gestora Pública tiene en su portal web toda la información acerca de escala salarial, la lista del personal, el presupuesto anual entre otros temas, lo que no sucede con la mayoría de las entidades del sector público.
Antecedentes de la Gestora Pública
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora) se crea mediante Ley N° 065 de Pensiones del 10 de diciembre de 2010. De acuerdo a su portal web se constituye en una Empresa Pública Nacional Estratégica, siendo su objeto institucional, la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos correspondientes al Sistema Integral de Pensiones.
Mediante el decreto supremo N° 2248 de 14 de enero de 2015 se procede a aprobar los estatutos y la escala salarial del personal ejecutivo de la Gestora, que es una Empresa Pública Nacional Estratégica del Estado (EPNE), bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP). Fija varios temas como el régimen laboral e inicio de actividades el que fue modificado posteriormente mediante el decreto supremo N° 2802 de 15 de junio de 2016.
En la gestión 2017 se aprobó otra norma para la transferencia de la administración y pago de la Renta Universal de Vejez y Gastos Funerales a la Gestora, por parte de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS). Para tal efecto se aprobó el decreto supremo N° 3333 de 20 de septiembre de 2017, debiendo ésta iniciar actividades referentes a la administración y pago de dichos beneficios a partir del 2 de enero de 2018.
El decreto supremo N°3837 de 20 de marzo de 2019, que establece el inicio de actividades al público de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo en cuanto a los Regímenes Contributivo y Semicontributivo, en un plazo no mayor a treinta (30) meses, computables a partir de la publicación del presente decreto, dice en su portal.
El decreto supremo N° 4585 de 15 de septiembre de 2021, establece los plazos para el inicio de actividades de la Gestora en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones – SIP, de forma parcial dentro de los doce (12) meses siguientes a la publicación del DS y de manera total en un plazo no mayor a veinte (20) meses computados de igual manera. A su vez, determina la Comisión que percibirá por el servicio de administración del Fondo de la Renta Universal de Vejez, administración de la Base de Datos de Beneficiarios, gestión y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales.
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