El Decreto Supremo 5029 establece que el incremento salarial del 3% es retroactivo al 1 de enero de 2023
Este miércoles, 27 de septiembre se conoció a través de la Gaceta Oficial del Estado Plruniacional, la aprobación del Decreto Supremo 5029 que establece el incremento salarial para la gestión 2023, para las trabajadoras y los trabajadores de las empresas públicas y empresas filiales en las cuales el nivel central del Estado tenga participación accionaria mayoritaria.
De acuerdo con el artículo número 2 del Decreto Supremo firmado por Luis Arce Catacora se aprobó el incremento salarial de hasta el 3%, para las trabajadoras y los trabajadores de: La Empresa Nacional de Electricidad – ENDE matriz, las empresas filiales de la ENDE Corporación, como ser ENDE ANDINA S.A.M., ENDE CORANI S.A., ENDE TRANSMISIÓN S.A, ELFEC S.A., DELAPAZ S.A., ENDE DE ORURO S.A., ENDE SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A. y ENDE TECNOLOGÍAS S.A.
Cabe señalar que la norma excluye del incremento al personal especializado de ENDE, y a los cargos de Jefe de Unidad, Jefe de Proyecto I, Asesor, Jefe de Área I, II y III, además del Jefe Regional I, II, II y Profesional Senior. También excluye del incremento a los trabajadores y trabajadoras que tienen un haber básico mayor a 15.977 bolivianos.
De igual forma se aprobó el mismo porcentaje de incremento, es decir el 3% para las y los trabajadores de la Agencia Boliviana Espacial (ABE), sin embargo, se excluyó del incremento al director general ejecutivo y al director de área de la ABE.
Según el Decreto Supremo, también se aprobó el incremento salarial de hasta 3% para las trabajadoras y trabajadores de tres empresas mineras: Empresa Minera Huanuni, Empresa Minera Colquiri y Empresa Minera Corocoro.
Según señala el documento esta disposición se apoya en el Decreto Supremo 4928 del 1 de mayo de 2023, que señala el incremento salarial del 3% para esta gestión, pues indica que se debe tener una remuneración justa para asegurar la subsistencia de los trabajadores de las empresas en las que el Estado tenga mayor participación accionaria.
El documento continúa explicando que para el cumplimiento del DS, las empresas públicas deben remitir al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, sus escalas salariales modificadas en un plazo máximo de quince días hábiles posteriores a la publicación de la norma.
Cabe señalar que se dispone que el incremento salarial es retroactivo al 1 de enero de 2023, por lo que este pago debe ser efectivizado hasta el 31 de octubre de esta gestión.