SON 75 PÁGINAS
En una sentencia de 75 páginas, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de La Paz expuso los argumentos por los cuales condenó a la cárcel a la expresidenta Jeanine Añez y a exjefes militares y de la Policía en el caso denominado “Golpe de Estado II”.
La sentencia se emitió por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes.
En la misma se analizó hechos ocurridos entre el 10 y el 12 de noviembre de 2019, referidos a la actitud de Añez siendo senadora, su traslado, resguardo y asunción a la presidencia del Estado.
En sus conclusiones, los tres jueces del tribunal, de manera unánime, sostuvieron que Jeanine Añez Chávez “de forma ilegal asumió y se proclamó como presidente del Estado Plurinacional de Bolivia”.
El 12 de noviembre de 2019, Añez era Vicepresidenta Segunda del Estado, pero asumió como Presidenta de Bolivia, bajo el argumento de que habían renunciado el Presidente del Estado, el Vicepresidente, la Presidenta y el Primer Vicepresidente del Senado.
Sin embargo, en criterio del Tribunal, Añez “no se encontraba en la línea de sucesión constitucional de reemplazo del presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y se auto designó, inicialmente como Presidenta de la Cámara de Senadores, y posteriormente como Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Según el Tribunal, Añez cometió el delito al haberse auto designado sin haber realizado el tratamiento previo de las cartas de renuncia presentadas por Evo Morales, Álvaro García Linera, Adriana Salvatierra y Víctor Borda, a los cargos de Presidente y Vicepresidente del Estado, Presidente de la Cámara de Senadores y Diputados, respectivamente.
La sentencia advierte también que, si bien Salvatierra anunció su renuncia a través de la prensa, no la presentó por escrito como señala la norma.
Asimismo, según la sentencia, al no haberse tratado las renuncias de Morales, García y Borda, “dichas autoridades se encontraban en pleno ejercicio de sus funciones” para el 10, 11 y 12 de noviembre.
En criterio de los jueces también, la entonces diputada Susana Rivero, primera vicepresidenta de la Cámara Baja, no había renunciado, por lo cual “se encontraba en ejercido de funciones y era la autoridad llamada constitucionalmente a reemplazar al presidente”.
Entre otros aspectos, se observó también que cuando Añez asumió la presidencia, no se había convocado a sesión y tampoco había cuórum.
La sentencia indica que Añez tenía obligación inicialmente de convocar a la sesión, con 24 horas de anticipación, para que los senadores titulares se hagan presente o habilitar a su suplente.
En otros aspectos, de acuerdo con la sentencia, desde el 11 de noviembre Añez emitió públicamente una convocatoria a las FFAA siendo senadora, es decir, “atribuyéndose facultades que no le competían”.
Con este tipo de argumentos, el Tribunal sentenció a Añez a 10 años de cárcel.
Los militares y el exjefe policial condenados en este caso, fueron acusados de colaborar con la asunción de Añez.
En la sentencia se sostiene que las Fuerzas Armadas ya ejecutaron operaciones conjuntas con la Policía, desde el 11 de noviembre, a solicitud del comandante policial y Jeanine Añez, cuando los militares deberían estar bajo el mando del presidente y el Ministro de Defensa (entonces Javier Zavaleta), quien a esa fecha seguía en funciones.
También se menciona que el 11 de noviembre de 2019 se ordenó el aterrizaje del helicóptero que trasladaba a Añez en el Colegio Militar. Asimismo, se indica que se había dispuesto el resguardo de la unidad policial de protección a dignatarios para la entonces senadora.Añez y el alto mando militar la noche del 12 de noviembre.
LA SENTENCIA COMPLETA