CIJ: El Silala “es un curso de agua internacional”; Chile tiene derecho a su uso equitativo y razonable

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La Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya declaró este jueves en su fallo que el Silala “es un curso de agua internacional”, algo que aceptaron las partes. Sin embargo, decidió no pronunciarse sobre el litigio.

“Las aguas del Silala, ya sean superficiales o subterráneas, constituyen un conjunto unitario que fluye desde Bolivia hacia Chile y hacia una desembocadura (…) No hay duda con respecto a que el Silala es un curso de agua internacional”, afirmó la presidenta de la CIJ, Joan E. Donoghue.

La juez resaltó que, durante el proceso, Bolivia ya no reclamó, como lo hizo en sus alegaciones escritas, que tiene derecho a determinar las condiciones y modalidades para el suministro de las aguas del caudal artificial del Silala y que todo uso de tales aguas de parte de Chile deberá ser objeto de un consentimiento por parte de Bolivia.

“Lo que Bolivia pide ahora en esta demanda convencional es una declaración de que Chile no tiene un derecho adquirido al mantenimiento de la situación actual y que el derecho de Chile al uso equitativo y razonable del caudal superficial generado por los caudales no es un derecho para el futuro que le permitiría desmontar dichas instalaciones o cualquier uso equitativo o razonable de estas aguas”, explicó Donoghue.

En la lectura del fallo se recordó que Chile reconoció que Bolivia tiene el derecho soberado a desmontar o no los canales artificiales para reestablecer los humedales afectados del altiplano y que el país demandado se opuso categóricamente a que se reclame el suministro equitativo y razonable sobre las aguas mejoradas con los canales.

“La Corte constata que las partes están de acuerdo en que Chile tiene un derecho a un uso equitativo y razonable de las aguas del Silala, independientemente si son aguas naturales o artificiales. Además, Bolivia no declara en este punto que Chile deba compensación a Bolivia por los usos del pasado sobre las aguas del Silala”, aclaró la presidenta del Tribunal.

Ya que en el proceso del juicio internacional Bolivia reconoció el carácter internacional del Silala, toda la demanda de Chile, que estaba sustentada en la Conclusión A –que pide que la Corte reconozca que el río es internacional–, quedó sin efecto.

“Doy lectura a la parte dispositiva de la sentencia: Por estas razones, la Corte considera que no tiene que tomar una decisión al respecto, que la demanda de la Republica de Chile, en su Conclusión final A, queda sin objeto y por ello no corresponde que la Corte se pronuncie”, sentenció la juez en el juicio sobre el estatus y uso de aguas del río Silala.


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