El Tribunal Supremo de Casación de Bulgaria ha fallado que las personas transexuales no pueden cambiar su sexo en el registro civil, argumentando que no hay ninguna ley explícita al respecto y que la Constitución señala que el sexo es un componente determinado biológicamente y no modificable.
«La ley actual no prevé la posibilidad de que el tribunal permita el cambio de los datos relativos al sexo, nombre y número civil uniforme en los actos del estado civil de un solicitante que afirme ser (persona) trans», señala el tribunal en su fallo, publicado hoy en su página web.
- Esta decisión se fundamenta en una sentencia de 2021 en la que el Tribunal Constitucional dictaminó que la Carta Magna y toda la legislación búlgara «se basan en la comprensión de la existencia binaria de la especie humana» y establece que el género, masculino o femenino, se determina con el nacimiento y está vinculado sólo al sexo biológico.
Esta sentencia cierra la puerta a la interpretación más liberal que hacían algunos jueces y que asumían que la legislación permite el cambio legal de sexo cuando había pruebas claras de que era necesario.
Otros magistrados han opinado lo contrario, y Bulgaria ha sido condenada varias veces por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo por falta de una regulación clara en esta materia.