Autorizan que jóvenes de 16 años obtengan su licencia de conducir de manera provisional

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Los jóvenes de 16 años de edad cumplidos podrán obtener una autorización provisional para conducir vehículos particulares de hasta siete pasajeros, de acuerdo con el Decreto Supremo 5364, aprobado por el gabinete ministerial.

La autorización busca promover una cultura de seguridad vial en los jóvenes hasta que cumplan los 18 años, considerada la mayoría de edad, según la norma promulgada el 2 de abril.

La autorización provisional para conducir podrá otorgarse para las siguientes subcategorías: Joven Motociclista (JM) para motocicletas, triciclos y cuadriciclos; además de Joven Particular (JP) para automóviles, camionetas y vagonetas de uso particular, con capacidad de hasta siete personas incluyendo al conductor.

Mientras se encuentra vigente la licencia de conducir del joven de 16 años de edad, los padres o tutores serán “responsables civiles respecto a la o el titular de la autorización, por cualquier infracción, contravención, daño o falta”.

Para la obtención de la autorización provisional para conducir, al menos uno de los progenitores o tutores de la o el joven debe otorgar su autorización, a través de un documento y luego tramitarlo ante el Servicio General de Identificación Personal (Segip).


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