Las disposiciones establecidas en la reunión del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias rigen desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto.
El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, presentó las medidas para la lucha contra la quinta ola del COVID-19 que regirán en el país desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto. Entre las disposiciones más relevantes, se ratifica el uso obligatorio del barbijo y medidas de bioseguridad, además del horario continuo en los sectores público y privado, así como el teletrabajo.
La estrategia del Gobierno “ha demostrado efectividad y los resultados son producto de un trabajo integral. Haber podido bajar la tasa de letalidad de la primera ola del 6,2 al 0,1% es realmente algo que nos tiene que dar esperanza”, dijo sobre la reducción de más de 62 veces en este punto.
Respecto a los decesos en la primera ola, a pesar de no haber realizado diagnósticos, se reportó 9.005 fallecimientos, mientras que en la quinta ola fueron 11. “En 2020 se realizaron 358.351 pruebas. En 2021 y parte de 2022 hasta la fecha se tomaron 4.135.933 pruebas, que representa el 92% en más de dos años de pandemia”, explicó.
El reporte presentado en conferencia de prensa indica que un total de 24.419.220 vacunas fueron adquiridas y distribuidas en el territorio nacional.
“La vacuna ha demostrado ser segura y efectiva. De todos los fallecidos, el 91,3% son personas que han decidido no vacunarse. Por lo tanto, invitamos a la población a acudir al centro de vacunación más cercano a recibir la dosis de esperanza”, enfatizó Auza.
Asimismo, “es incorrecto comparar la primera ola con la quinta, y más si comparamos la tasa de letalidad que significa una reducción de 62 veces de la tasa de letalidad. Si comparamos la primera con la segunda, la reducción de letalidad es de casi tres veces. En la segunda experimentamos una reducción en la letalidad del 6,2 al 2,7% sin la vacuna todavía”.
El titular de Salud informó que, luego de hacer una evaluación integral de la pandemia, se convocó a una sesión del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias, donde después de exponer la verdadera situación, los resultados y las proyecciones, se generó una nueva resolución que, en 17 artículos, resuelve las medidas de bioseguridad a establecerse en el Estado.
Así, entre las disposiciones más relevantes se definió: Fortalecer la estrategia integral de lucha contra la pandemia, continuando con las medidas de prevención, mitigación, diagnostico, atención, tratamiento y rehabilitación de pacientes con COVID-19.
Continuar con la vigilancia epidemiológica activa y el uso obligatorio de barbijo y medidas de bioseguridad. Impulsar la vacunación masiva, gratuita y voluntaria de personas mayores de cinco años.
“La jornada laboral en los sectores público y privado será en horario continuo, pudiendo implementarse medidas como el ingreso escalonado para evitar aglomeraciones y, si se considera necesario, la aplicación de teletrabajo. En este punto específico hemos emitido la recomendación para que el Ministerio de Trabajo establezca, en el marco de sus competencias, la normativa laboral para esta nueva ola”.
La resolución también indica que los gobiernos autónomos municipales continuarán regulando los horarios de apertura y cierre de centros de abasto y comerciales, así como la realización de eventos deportivos, culturales y religiosos en espacios cerrados.
Los gobiernos departamentales y municipales son responsables de la realización de pruebas de diagnóstico antigénica, PCR y la vacunación de manera gratuita, “ya que el Gobierno nacional ha garantizado todos los activos e insumos necesarios en el territorio”, dijo Auza.
Se garantizan las actividades económicas, educativas y de transporte público con el cumplimento de medidas que eviten los contagios masivos.
“Es importante resaltar que la resolución del consejo indica que hasta el 31 de agosto, los beneficiarios de la Renta Dignidad y otros de la seguridad social de reparto, de manera excepcional, mediante una carta podrán autorizar el cobro a un familiar. Para la afiliación de dependientes de asegurados a la seguridad a corto plazo, no será necesaria la presentación de certificación a las cajas de salud de no afiliación a corto plazo, siendo suficiente la presentación de una declaración jurada de no afiliación en otra caja de salud”, agregó la autoridad.
Las disposiciones establecidas en la resolución del Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias tomarán vigencia a partir del 1 de julio hasta el 31 de agosto.