CAN emplaza a Bolivia a subvencionar gasolina y diésel a conductores de Ecuador, Colombia y Perú

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Los choferes peruanos dicen que se ven perjudicados porque los conductores bolivianos ingresan a su país con un combustible muy barato y les genera desventajas competitivas.
Bolivia tendrá que subvencionar la gasolina y el diésel a conductores de Ecuador, Colombia y Perú en los próximos 80 días o, en su defecto, tendrá que eliminar ese beneficio a todos los bolivianos, según el fallo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA).

El fallo fue emitido el 17 de julio y ordena que, en los próximos 90 días a partir de la notificación, Bolivia adopte medidas para que los ciudadanos miembros de la comunidad andina (Perú, Ecuador y Colombia) no sufran discriminación o trato no igualitario al momento de comprar gasolina o diésel en el territorio boliviano.

Los choferes peruanos dicen que se ven perjudicados porque los conductores bolivianos ingresan a su país con un combustible muy barato y les genera desventajas competitivas. Además, cuando ellos quieren comprar gasolina en Bolivia, compran a precio internacional.

“El TJCA no cuestiona la política pública de cualquier País Miembro de la Comunidad Andina de otorgar subsidios a los combustibles, pero una vez otorgados, los gobiernos deben considerar a los ciudadanos de los otros Países Miembros del proceso de integración subregional andino como sus ciudadanos, de modo que un subsidio a los combustibles que beneficia a los transportistas bolivianos debe hacerse extensivo a los que transportistas colombianos, ecuatorianos y peruanos, pues todos ellos son ciudadanos andinos”, dice punto 3.9.7 del fallo del TJCA.

El documento contempla siete conclusiones en los que se justifica que Bolivia vulnera los principios de trato nacional, no discriminación y libre competencia que existe entre miembros de la CAN.

“Por tanto, corresponde declarar fundada la demanda de Perú contra Bolivia debido a que se ha comprobado que la regulación boliviana del sector hidrocarburos, que establece una diferenciación de precios en la venta de combustibles en el sentido de que los transportistas con placa extranjera (g, colombiana, peruana o ecuatoriana) pagan un precio mayor que los transportistas con placa nacional (boliviana), vulnera los principios de trato nacional, no discriminación y libre competencia contemplados en los artículos 3, 18 y 157 de la Decisión 398 y 3, 15 y 178 de la Decisión 837, así como infringe el artículo 36 de la Decisión 608, todo lo cual, a su vez, implica una transgresión del artículo 4 del Tratado de Creación del TJCA”, indica la conclusión 3.

Entre las conclusiones, el documento resalta que la subvención excluyendo a los ciudadanos de la comunidad andina es contraria al ordenamiento jurídico que Bolivia firmó como miembro de la CAN.

La CAN está integrada por Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia, también tiene como miembros invitados a Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. En caso de que en algún momento estos países invitados sean miembros de la comunidad andina, también podrán exigir el beneficio de la subvención, si es que existiera.


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