El laudo arbitral se emitió el 12 de julio pasado. El tribunal ve un «retraso injustificado» en la nacionalización del sistema de pensiones.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) determinó que Bolivia debe pagar $us 105 millones al español Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) como indemnización por la nacionalización de sus acciones en el sistema de pensiones.
La decisión es parte del laudo arbitral emitido en el proceso de arbitraje que inició el banco español contra el Estado boliviano en agosto de 2018.
El tribunal, así, ordenó a Bolivia pagar al BBVA $us 94,8 millones «a título de indemnización» y $us 10.21 millones «a título de intereses» generados a partir del 1 de octubre de 2020 hasta el 1 de junio de 2022.
“Para el Tribunal es indiscutible el retraso injustificado de Bolivia en llevar a cabo la nacionalización del servicio de administración de pensiones. Ha pasado más de una década desde que la Constitución ordenó el traspaso del servicio a manos del Estado en febrero de 2009, y 11 años desde que se promulgó la Ley de Nacionalización en diciembre de 2010, sin que la Gestora haya entrado en operación”, cita parte del fallo del CIADI.
Tras la notificación, la Procuraduría General del Estado (PGE) objetó la jurisdicción del CIADI debido a que el país denunció el convenio de ese instrumento de arbitraje internacional en mayo de 2007.
Sergio Alberto Fernández, abogado internacionalista, explicó que el retiro de un país de un convenio internacional no implica la suspensión automática de ese convenio.
Las inversiones hechas con anterioridad a la denuncia del CIADI, por ejemplo, siguen bajo la protección de ese instrumento legal, dado que este tipo de convenios incluyen cláusulas de “ultractividad” que protegen las inversiones entre las partes por un periodo de hasta 20 años posteriores a la denuncia del tratado.
En esta línea, el fallo del tribunal del CIADI rechazó la objeción jurisdiccional planteada por el Estado boliviano y, en consecuencia, declaró que tiene jurisdicción sobre la reclamación del banco español, y que tal reclamación es admisible.
El falló declaró también que Bolivia “ha violado el tratado bilateral de inversión (TBI) al no otorgar un trato justo y equitativo a la inversión de la demandante (BBVA)»; y que Bolivia “ha violado el TBI al tomar medidas arbitrarias que obstaculizaron la disposición de la inversión”.
El conflicto entre las partes surgió tras la aprobación de la Constitución de 2009, que determina que la seguridad social pública no podrá ser privatizada ni concesionada; se amplió en 2010 con la aprobación de la Ley de Pensiones, que establece que el Sistema Integral de Pensiones será administrado y
representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo; y continua más de una década después, pese a que la gestora Pública inició sus operaciones en 2015.
«Durante todo este tiempo, BBVA ha notificado en diversas ocasiones su voluntad de negociación con el Gobierno de Bolivia, para un traspaso fluido y ordenado con el regulador y las autoridades. A pesar de la presentación de varias propuestas, no ha sido posible el acercamiento de posturas en particular respecto a la valoración del negocio de la AFP (Previsión), por lo que BBVA ha decidido iniciar el proceso de arbitraje con el CIADI«, explicó el banco español al iniciar el proceso de arbitraje.