La reunión del Consejo Nacional de Autonomías ha concluido hace unos minutos con la determinación de que el Censo de Población y Vivienda se realice en mayo o junio del 2024, ante la serie de complejidades que tiene dicho proceso.
El Consejo Nacional de Autonomías solicitó al Gobierno la postergación del Censo Nacional de Población y Vivienda para los meses de mayo o junio del 2024 y el presidente del Estado, Luis Arce, manifestó que se tomarán en cuenta los pedidos como el de cartografía, la etapa precensal e idiomas nativos.
“Hemos consensuado el Censo Nacional de Población Vivienda (…) ha sido muy importante valiosos los criterios incorporados en los elementos que tenemos que tomar en cuenta el Censo, no solo en las boletas censales, los idiomas nativos, también incorporar el tema post censal (…) y también la cartografía”, dijo el mandatario en conferencia de prensa.
La determinación se toma luego de la décima segunda sesión del Consejo Nacional de Autonomías que sugirió al Órgano Ejecutivo asuma esa determinación.
El viceministro de Autonomías, Álvaro Ruiz, explicó que es necesario un ajuste al calendario censal. A su ingreso, el gobernador de La Paz, Santos Quispe, pidió que se realice un fin de semana y no así el 16 de noviembre, porque es un día hábil de la semana.
Ruiz indicó que hay diversos factores que llevan a tomar esta decisión como el impacto del Covid-19, la necesidad de una mayor socialización de la boleta censal, la incorporación de idiomas originarios en la boleta, la necesidad de contar con una cartografía estadística en coordinación con los gobiernos municipales e indígena originarios campesinos, las condiciones climáticas y la migración interna.
Antes de la reunión del Consejo de Autonomías, el gobernador del Beni, José Unzueta, indicó que solicitaría la postergación del Censo debido a dificultades para la recopilación de datos.
De acuerdo con la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Consejo Nacional de Autonomías es una instancia permanente de coordinación, consulta, deliberación, proposición y concertación entre el gobierno y las entidades territoriales autónomas.
El artículo 123 de esa Ley, parágrafo II, señala que “los acuerdos adoptados por los miembros del Consejo Nacional de Autonomías deberán ser tomados por consenso y aquellos que se vea necesario, se traducirán en un convenio intergubernativo, que será vinculante para las partes que determinen de manera voluntaria su ratificación por sus correspondientes órganos deliberativos y legislativos”.