La justicia de Perú informó que una persona puede pedir indemnización a su expareja en caso de que haya incumplido una promesa de matrimonio.
Las autoridades de Perú revelaron este miércoles a través de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte (CSJLN) que las promesas de matrimonio incumplidas pueden ser materia de un pago de indemnización a la persona afectada por dicho incumplimiento.
El anuncio causó revuelo en esa nación luego de que fue la misma CSJLN la que se encargó de revelar esta posibilidad en sus redes sociales.
«Si tu pareja te propuso matrimonio y luego desistió, causando daños o perjuicios; estará obligado a indemnizarte. La demanda debe interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa», dice el mensaje.
En el curioso mensaje, la institución sostiene que se basa en el artículo 240 del Código Civil de ese territorio.
El documento revela que «si la promesa de matrimonio se formaliza indubitablemente entre personas legalmente aptas para casarse y se deja de cumplir por culpa exclusiva de uno de los promitentes, ocasionando con ello daños y perjuicios al otro o a terceros, aquél estará obligado a indemnizarlos».
Además, en un siguiente comentario, las autoridades recalcaron en que es una «acción debe de interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa».
«Dentro del mismo plazo, cada uno de los prometidos puede revocar las donaciones que haya hecho en favor del otro por razón del matrimonio proyectado», afirmaron.
La publicación provocó revuelo a nivel local, viendo cómo muchos usuarios agradecían el mensaje de la institución peruana, así como otros usaban esa información etiquetando a quienes aparentemente serían sus parejas en esa nación.